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Mariwel Novedades
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| Sobre la Ley de Policía de Navarra |
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| De esta manera también, el consejero de Interior ha decidido desoír las voces -no solamente sindicales-, que le han apuntado los inconvenientes del proyecto, |
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| y en gran medida se acababa contradiciendo a sí mismo cuando, allá por el mes de julio de 2006, comentaba a representantes sindicales su voluntad de retirarla y "guardarla en un cajón" si no era del agrado del colectivo.
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| Creemos tener argumentos serios y razonables para oponernos a este proyecto. Ante la imposibilidad de detallarlos aquí, puede el interesado acudir al documento de alegaciones que los sindicatos de la Comisión de Personal -AFAPNA, CCOO, ELA, UGT y SPF- entregamos a los grupos parlamentarios. Muy someramente, podemos referir nuestra contrariedad ante el endurecimiento -que no modernización, como eufemísticamente se informa a la opinión pública- del régimen disciplinario, con la sanción de "traslado a otro puesto de trabajo, con o sin cambio de localidad, con la consiguiente adecuación de las retribuciones complementarias y, en su caso, sin que proceda indemnización por el mismo"; el hecho de que el consejero pueda establecer el sistema de provisión aplicable en cada unidad orgánica y especificar los requisitos de acceso a los destinos que se determinen; o la creación del Consejo de la Policía Foral -supuesto órgano de representación del colectivo-. |
| Pero con todo, el verdadero meollo del asunto está en los ascensos de empleo. En concreto, nuestro desacuerdo pasa con el ascenso de empleo a cabo y subinspector se proponga el concurso de méritos, intentando nuevamente algo que ya motivó en su momento la elaboración de la Ley Foral 30/2005 al no existir elementos objetivos de evaluación. Asimismo, nuestro desacuerdo sigue con los porcentajes de reserva de plazas para ascensos a los empleos de subinspector e inspector para miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y de las Fuerzas Armadas. En primer lugar, porque entendemos que falta la correspondencia justa y razonable para las policías de Navarra; y en segundo, porque abre de par en par la estructura de mando de la Policía Foral a miembros de otros colectivos policiales o militares, quienes accederían con la mera presentación de su hoja de servicios. |
| Nuestra posición en este asunto siempre fue clara, y creemos que el señor consejero falta a la verdad cuando afirma que hubo acuerdo de mínimos con alguna fuerza sindical, o cuando nos tacha de estar actuando por móviles políticos. Desde la Comisión de Personal no defendemos más intereses que los de la Policía Foral y siempre instamos a nuestros responsables políticos a la retirada del proyecto, al tiempo que apelábamos a su cordura para que, en el supuesto de aceptar el reto de modificar la legislación actual, lo hiciéramos con el debido sosiego, de forma consensuada y siempre con el objetivo de mejorar lo que ya tenemos. Hoy por hoy entendemos que las cosas se están haciendo precipitadamente y en función de intereses ajenos a la Policía Foral. Y quizás la prueba más palpable de esta acusación sea el incumplimiento sistemático, por parte de la Consejería de Interior de lo establecido en el DFL 213/2002, cuyo texto pretende derogar el actual proyecto de ley, y en el que existe un mandato de desarrollo reglamentario referido a la formación, la segunda actividad, o la Prevención de Riesgos laborales que se ha desobedecido vergonzosamente, siendo estos sí asuntos urgentes en los que la Comisión de Personal está dispuesta a volcar todo su esfuerzo.
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